Desde este mes, entró en vigencia una nueva ley en Colombia que permitirá a las mujeres privadas de libertad sustituir sus condenas por servicios de utilidad pública y visitas semanales a sus hogares. La ley fue aprobada por el Congreso en 2021, pero el presidente Iván Duque la objetó. Sin embargo, la Corte Constitucional desestimó los argumentos y dio vía libre a su sanción.

El presidente Gustavo Petro, quien había votado por el proyecto como senador y lo expidió como jefe de Estado, afirmó que la ley busca evitar que los niños crezcan sin afecto y se conviertan en criminales, además de evitar la exclusión de las mujeres en prisión.

La ley beneficiará a mujeres condenadas por delitos como hurto simple y agravado, cultivo de plantas ilícitas, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes o destinación ilícita de muebles o inmuebles, con penas menores a 8 años. Las mujeres que procedan en prisión domiciliaria, sean madres cabeza de hogar y logren probar que en el momento de cometer el delito se encontraban en condiciones de marginalidad que afectaban la manutención del hogar también podrán acogerse al beneficio.

Las mujeres podrán recibir entre 5 y 20 horas semanales para salir de prisión y visitar sus hogares, donde cumplirán sus labores que serán reconocidas como servicios de utilidad pública. La ley propone que las mujeres, por petición de la defensa o de oficio, puedan recibir el beneficio.

Según el INPEC, al 31 de enero de 2022, había 6.698 mujeres privadas de la libertad en Colombia, de las cuales 2.715 cumplen con los requisitos para acceder al beneficio de la nueva ley. El proyecto de ley consideraba que la política criminal de las drogas se había centrado en personas vulnerables de la cadena del narcotráfico, como los cultivadores y expendedores, que suelen ser mujeres.

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