Debido a una demanda interpuesta ante la Corte Constitucional, esta declaró que no se podrá sancionar a los habitantes de calle cuando estos realicen sus necesidades fisiológicas en vía pública.

Cabe recordar que esta sanción está contenida en el parágrafo 2º del artículo 140 del Código de Policía (Ley 1801 del 2016), norma que habla sobre la realización de necesidades fisiológicas en el espacio público.

De acuerdo con la norma, la persona que llevara a cabo dicha conducta sería sancionada con “Multa General Tipo 4; Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia”.

El alto tribunal informó que la disposición demandada era exequible en el entendido de que dichas consecuencias jurídicas no pueden aplicarse respecto de las personas que habitan la calle debido a que afecta su dignidad humana, igualdad e intimidad, teniendo en cuenta que debido a su vulnerabilidad son sujetos de especial protección constitucional.

En su dictamen, la Corte reiteró el mandato que tiene el Estado de proteger la integridad del espacio público así como de garantizar su acceso común a todas las personas. Con lo anterior se facilita “el ejercicio de los derechos constitucionales cuya eficacia depende de ese acceso, como son la libertad de expresión y de asociación, la recreación y el goce de un ambiente sano”.

Así mismo, la Sala concluyó que la vulnerabilidad de los habitantes de calle se da debido a que “han sido desfavorecidos en la distribución de los recursos económicos y marginados de la vida social, lo que a su vez les genera condiciones de vida que atentan muchas veces contra su dignidad”.

La Corte concluyó que la norma sancionatoria en contra de esta población carecía de idoneidad debido a que la conducta no se comete de manera autónoma y evitable sino como resultado de la falta de acceso a infraestructura sanitaria, “tanto por su insuficiencia como debido a las barreras que tienen para acceder a la existente, a partir de la estigmatización y prejuicios que sufren”.

Para finalizar, el Alto Tribunal exhortó a las autoridades locales para diseñar una política pública que le permita a esta población acceder a infraestructura sanitaria en el espacio público.

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