Se trata de la tercera resolución de conclusiones de la Sala de Reconocimiento de Verdad y la segunda dentro del caso 03 de la Jurisdicción Espacial para la Paz, JEP.

La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), emitió la resolución de conclusiones en contra de 12 exmiembros del Batallón La Popa del Ejército Nacional, y reconoció que sí aportaron a la verdad y aceptaron su responsabilidad en los crímenes de ‘falsos positivos’ que les fueron imputados. 

En este sentido la Sala pidió que se les impongan sanciones con un componente restaurador y reparador al mayor retirado Guillermo Gutiérrez Riveros, el teniente coronel retirado Heber Hernán Gómez, el sargento primero retirado Efraín Andrade Perea, el sargento primero retirado Manuel Valentín Padilla y el teniente retirado Carlos Andrés Lora Cabrales.

Además del subteniente retirado Eduart Gustavo Álvarez, el sargento viceprimero retirado José de Jesús Rueda Quintero, el subteniente retirado Elkin Leonardo Burgos, el cabo tercero retirado Elkin Rojas, y los soldados profesionales Juan Carlos Soto Sepúlveda, Yeris Andrés Gómez y Alex José Mercado.

En el proceso de valoración de los aportes de verdad y reconocimientos de responsabilidad de los máximos responsables imputados, la Sala destaca cómo las contribuciones de los comparecientes permitieron determinar que algunos miembros del Batallón La Popa conformaron una organización criminal que, sirviéndose de la estructura legal de la unidad militar, desarrolló un plan criminal en virtud del cual se cometieron asesinatos y desapariciones forzadas que fueron presentadas falsamente como bajas en combate.

El universo de la JEP en este caso es de 135 asesinatos y desapariciones forzadas ocurridas en 77 eventos entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005.

Finalmente, la magistratura advirtió que en el caso de los coroneles (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez y Juan Carlos Figueroa Suárez, quienes decidieron no reconocer su responsabilidad, la Sala ordenó informar a la Unidad de Investigación y Acusación sobre los nuevos casos documentados, para que dicha unidad, en el marco del procedimiento adversarial que está realizando, adopte las decisiones que correspondan.

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