A partir del 17 de noviembre los diferentes despachos judiciales, secretarías, oficinas, centro o dependencia en general del país podrán aumentar su planta de personal en un 50%.

Lo anterior cumpliendo las medidas de bioseguridad previstas en el Acuerdo antes mencionado.

Cabe recordar, que a través del Acuerdo PCSJA20-11671, el Consejo Superior de la Judicatura mantuvo la restricción de ingreso a las sedes judiciales.

Serán los magistrados, jueces o jefes quienes organizarán la asistencia a las sedes de acuerdo con las necesidades de su despacho o dependencia y, si es posible, estableciendo un sistema de rotación.

La Rama Judicial dejó en claro que quienes padezcan diabetes; enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión arterial y accidente cerebrovascular; VIH; cáncer; enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC); que usen corticoides o inmunosupresores; que tengan obesidad o desnutrición; sean fumadores y mujeres en estado de gestación no deben asistir a las sedes judiciales.

A partir de las preexistencias reportadas por los servidores judiciales, los consejos seccionales identificarán los casos en que pueda requerirse la adopción de medidas especiales y las gestionarán según corresponda.

Cabe precisar que todas las demás disposiciones del Acuerdo PCSJA20-11632 continúan vigentes, relacionadas con el ingreso y permanencia en las sedes de la Rama Judicial.

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