La Sala Primera de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba, reconoció que involuntariamente el Magistrado ponente de la demanda de nulidad electoral presentada en contra del acto de elección de la Asamblea del departamento, cometió un error al no valorar en la reclamación la solicitud de escrutar una mesa del municipio de Sahagún que cambiaría la composición de los diputados.

Mediante sentencia, el Tribunal reconoce que se equivocó al analizar y valorar las pruebas dentro del proceso de nulidad electoral que el actor Yeermenson Velázquez Díaz, lleva en contra del acto de elección de los diputados del Departamento de Córdoba.

En el referido auto, el Tribunal reconoce que dejo por fuera de su análisis valorativo, la mesa número 2 del corregimiento del Crucero, municipio de Sahagún, donde de manera inexplicable y sin ninguna justificación, la comisión escrutadora no le contabilizó 41 votos obtuvo Velázquez Díaz en esa mesa, lo cual le daría la última curul al partido de Unidad Nacional a Yeermenson Velázquez y no a Jaime Mauricio Bello, que hoy ocupa esa curul.

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