La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión por tres meses al exgobernador de Sucre, Edgar Enrique Martínez Romero (2016 – 2019), y por cinco meses al exsecretario de Educación departamental, Álvaro Manuel Hoyos Romero, por irregularidades en la modalidad de contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) para la vigencia 2016. 

El órgano de control estableció que el exmandatario departamental participó en etapa contractual vulnerando los principios de transparencia y responsabilidad y el deber de selección objetiva, al suscribir el acto administrativo en el cual resolvió escoger la modalidad de contratación directa, y al celebrar el Convenio de Asociación de Interés Público No. PAE-001-2016 con la Unión Temporal Construyendo Bienestar – Sucre 2016, por $14.548.236.696.

Agregó que el objeto y las obligaciones del negocio jurídico para “aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para brindar un complemento alimentario que consiste en la entrega de raciones preparada en sitio de consumo, bajo la modalidad de complementos alimentarios, durante la jornada escolar a los niños y niñas adolescentes matriculados en las instituciones educativas oficiales del departamento de sucre, en desarrollo de la política pública de seguridad alimentaria y de acuerdo con los lineamientos técnicos administrativos del Ministerio de Educación Nacional”, era realmente un contrato de suministro que no era posible desarrollar a través de un convenio.

En el caso del exsecretario de Educación departamental la Procuraduría determinó que transgredió los principios de transparencia y responsabilidad al suscribir el estudio previo y señalar en el documento que era posible contratar el operador del PAE a través de convenio, sin adelantar el proceso de contratación que correspondía.  

El ente de control recordó que el PAE es un programa propio de la administración departamental y hace parte de una política de las entidades estatales, bajo los postulados constitucionales del derecho a la educación y que no es posible que actores distintos se apropien del mismo.

En fallo de primera instancia la Procuraduría calificó definitivamente las faltas de los disciplinados como gravísimas, a título de culpa grave.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *