Durante la campaña presidencial Marbelle utilizó sus redes sociales para expresarse respecto los entonces candidatos, Gustavo Petro y Francia Márquez. La artista mostró su desacuerdo con reiterados comentarios denigrantes y racistas, por lo cuales recibió muchas críticas.

Más allá del rechazo que recibió por la forma en que se refirió a la vicepresidenta, la cantante deberá responder ante la Fiscalía por el delito de injuria y fue citada a una consiliario.

Los comentarios racistas de Marbelle contra Francia Márquez

Marbelle atacó en varias oportunidades a Francia Márquez con calificativos racistas, pero uno en particular es por el que fue citada por la Fiscalía.

«¡CACAS Y KING KONG! Le dicen ‘Porky’ (al presidente Duque) y uno no le puede decir ‘KING KONG’ a Francia. ¡A mí me da asco FARC-IA! Menos mal, el mismo Gustavo Bolívar puso la foto de FARC-IA», escribió

Citación de la Fiscalía

«La Fiscalía, en desarrollo de la estrategia del señor Fiscal General de la Nación para la atención de todas aquellas conductas delictivas que se dieron durante las jornadas electorales, tuvo conocimiento de la querella formulada por la doctora Francia Márquez Mina debido a las publicaciones hechas por Marbelle en Twitter«, dice el ente acusador.

Marbelle deberá presentarse en el Búnker de la Fiscalía, citación a la que puede asistir con su abogado para conciliar por el delito de injuria contra la vicepresidenta, Francia Márquez.

«Me permito respetuosamente solicitar a la artista su comparecencia en la audiencia de conciliación en el Búnker de la Fiscalía General de Bogotá. Asimismo, es importante señalar que usted puede ser acompañada y asesorada por su apoderado judicial de confianza, si lo estima pertinente», se lee en el documento.

En el caso que Marbelle no se presente a la citación, deberá afrontar consecuencias legales.

«La inasistencia injustificada a esta audiencia tendrá como consecuencias el desistimiento de la querella, para el caso del denunciante de la acción penal mediante formulación de imputación si fuere procedente, para el querellado de acuerdo con lo establecido en el artículo 522 de la Ley 906 de 2004″, concluyó.

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