En la Reforma Tributaria de 2022 se estableció que los bancos deberán, entre ellos, consolidar la información para que se aplique la exención de marcar la cuenta que no pagará el 4×1000 y ya no es el cliente el que reporta la cuenta para acceder a este beneficio.

4×1.000 es un impuesto que se aplica a diferentes movimientos financieros que realizan los colombianos. Este consiste en que por cada mil pesos de una transacción (ya sea un retiro, un traslado o un pago) cuatro pesos serán destinados al pago de este tributo.

Sin embargo, la legislación permite algunas excepciones para el pago de este tributo. Las cuentas de ahorro con una actividad mensual inferior a 350 UVT están exentas del cobro de este impuesto, es decir, en el caso de este 2024 ese valor está establecido en 16,4 millones de pesos.

De llegar a sobrepasar ese límite, el Estatuto Tributario señala que el usuario puede tener una cuenta con el beneficio de exención. Y es el titular quien solicita e indica ante la respectiva entidad financiera qué cuenta se verá beneficiada.

Pero con la aprobación de la Reforma Tributaria ya el usuario no tiene que hacer la solicitud, sino que los bancos se encargarán de identificar cuando el cliente pasa las 350 UVT. Para eso deben consolidar la información entre ellos.

Según explicaciones que ha hecho el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, las entidades bancarias cuentan con un plazo máximo para ajustar sus sistemas informáticos y cumplir con este propósito. La fecha límite para realizar estas modificaciones es el 13 de diciembre de 2024.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *