Este miércoles, se conoció un nuevo fallo emitido por la Sección Primera del Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá, con el cual se reversó la modificación que había sido aprobada en el Congreso de la República a la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantía, en el proyecto con el cual se fijó el Presupuesto General de la Nación destinado a la vigencia del 2022.

La decisión provocó reacciones de distintos sectores de la sociedad, pues se le daba paso a la celebración de contratos por parte de alcaldías y gobernaciones en los meses previos a elecciones, situación que había sido regulada con la mencionada normativa en aras de prevenir la malversación de fondos públicos con fines electorales.

El fallo, resolvió, de manera transitoria, “amparar de manera transitoria los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad”, los cuales se consideran vulnerados en el trámite del proyecto de la Ley 096 de 2021 en el Senado, y 158 de 2021 en la Cámara de Representantes, “por desconocer el principio de reserva y afectar de manera grave los principios de imparcialidad e igualdad electoral”.

Así mismo, ordenó al presidente de la República, Iván Duque, y los representantes de las entidades del orden nacional, “abstenerse de dar aplicación a la modificación realizada al parágrafo 38 de la Ley 996 de 2005”, con el objetivo de “garantizar los derechos al debido proceso, igualdad e imparcialidad en el proceso electoral”.

Así mismo, aclara el documento que dicho fallo tendrá vigencia únicamente por un término de 30 días, hasta tanto no se pronuncie la Corte Constitucional sobre el tema y manifiesto conocimiento “de la demanda de acción pública de inconstitucionalidad”.

“El término referido tiene como única finalidad que la Corte Constitucional conozca y se pronuncie conforme a sus competencias y facultades relativas a la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución”, establece el auto.
De igual manera, aclara el juzgado, si en los tres días siguientes al presente fallo no se ha presentado impugnación, el documento será remitido a la Corte.

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