El presidente de la República se refirió a la determinación de la jurisdicción especial, que tomó el poder preferente para definir si deja en libertad al ex jefe paramilitar, luego de que el tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla negara su solicitud.
Luego de que se conociera, el lunes 18 de marzo de 2024, la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de aceptar “de manera completa y exclusiva” al ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso y tomar el poder preferente para definir la libertad del exmiembro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), el presidente de la República, Gustavo Petro se pronunció y celebró la determinación del tribunal especial.

Petro, que designó como gestor de paz a Mancuso con la resolución 244, del 14 de agosto de 2023, con el fin de que haga parte de los procesos de negociación con las estructuras al margen de la ley, como parte de la política de Paz Total, ponderó de forma positiva que la JEP haya actuado en favor de resolver cuanto antes la situación jurídica del excabecilla del grupo armado, recluido en la cárcel La Picota de Bogotá tras su deportación desde los Estados Unidos.

“Me parece excelente esta decisión. Debe existir un solo tribunal de cierre de la verdad. Los procesos investigativos judiciales no se pueden fragmentar en diversas unidades investigativas porque eso lleva a la impunidad. La verdad es la antesala de la reconciliación nacional. La paz y la seguridad implican derrotar definitivamente la impunidad no a través de la venganza, sino a través de establecer la verdad”, indicó el jefe de Estado.

Con esta publicación, el presidente Gustavo Petro se pronunció con respecto a la decisión de la JEP de tomar el poder de definir la libertad de Salvatore Mancuso – crédito @petrogustavo/X
¿Cuál fue la determinación de la JEP?
El pronunciamiento de la JEP se dio luego de que el 13 de marzo, el magistrado del tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla, Carlos Andrés Pérez, negara la libertad de Mancuso, al considerar que la designación hecha por el primer mandatario, con la que se basó la petición de libertad para el hombre de 59 años, era inconstitucional. Por lo que procedió a negarla, en decisión que apoyaron tanto la Procuraduría y la Fiscalía.
A través de la Sala de Apelación, la jurisdicción especial será la encargada de continuar con las investigaciones que cursan en contra del exlíder de los paramilitares, y tendrá la facultad de definir si le otorga o no la libertad, en pro de que pueda oficiar en su papel de gestor.

Con ello, se tomó una nueva decisión en favor de Mancuso, pues el 23 de noviembre de 2023 la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas había emitido un primer concepto para su aceptación, al declararlo como elemento “bisagra” en el conflicto armado, por su cercanía con miembros de las Fuerzas Militares. No obstante, el exintegrante de las AUC apeló la determinación, debido a lo que sería para él “una inseguridad jurídica”.

El ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso ha acudido de manera virtual a diferentes audiencias de reconocimiento de la verdad por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz – crédito JEP
“La Sala de Apelación ordenó a la Sala de Definición que realizara una audiencia única de aportes a la verdad plena para establecer si el solicitante, señor Mancuso, podía demostrar tal condición. Después de la diligencia indicada, la Sala de Definición de Situación Jurídica aceptó el sometimiento del solicitante como sujeto incorporado funcional y materialmente a la Fuerza Pública”, se leyó en el documento de la JEP.

En el mismo apartado se dispuso que la JEP asumiría competencia respecto de las conductas cometidas por Mancuso, “que encuadran en los macrocasos 03, 04, 06 y 08, adelantados por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR)”. Adicional a esto, por parte de la jurisdicción especial se asumen los casos que se cometieron por parte del excabecilla de las AUC entre 1989 y 2004.

“La JEP es la única autoridad judicial facultada para definir y proveer respecto del estatus libertatis del compareciente y para gestionar su Régimen de Condicionalidad frente a las conductas relacionadas con el conflicto armado interno cometidas entre 1989 y 2004″, se añadió en el fallo, en el que se indicó la intención de mantener la “colaboración armónica” entre la JEP y Justicia y Paz.

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