Existen tres tipos de solicitud para el trámite del pasaporte, el Ministerio de Relaciones Exteriores publicó el listado de precios conforme a la categoría.

Tras conocerse los aumentos de las tarifas de los distintos sectores de la economía colombiana, el Ministerio de Relaciones Exteriores dio a conocer el listado de precios para sacar el pasaporte en 2023.

El incremento de los precios para realizar la tramitación del pasaporte resaltó un incremento producto al aumento de la inflación, que según esto, para noviembre fue del 12.53 %, conforme con lo señalado por el DANE.

Cabe resaltar que en Colombia existen tres tipos de solicitud para el trámite del pasaporte, la Cancillería publicó el listado de precios conforme a la categoría y si este procedimiento se lleva a cabo por fuera de Bogotá.

Valores de la tarifa 2023:

Bogotá

  • Pasaporte ordinario: $121.483 + $64.000 (impuesto de timbre)
  • Pasaporte ejecutivo: $216.521 + $64.000 (impuesto de timbre)
  • Pasaporte de emergencia: $170.048 (sin impuesto)

Fuera de Bogotá:

  • Pasaporte ordinario: $185.463
  • Pasaporte ejecutivo: $280.251
  • Pasaporte emergencia: $170.048

El Ministerio de Relaciones Exteriores señaló que a estos precios se le suman un impuesto departamental, el cual se consulta con la gobernación correspondiente a la solicitud.

Estos son los pasos para realizar el pago del pasaporte:

  • Para realizar el pago en Bogotá, la Cancillería indica que se debe hacer por medio de las sucursales del banco GNB Sudameris.
  • Para trámites realizados en Valledupar (Cesar), San Andrés, Quibdó (Chocó), Mocoa (Putumayo), Arauca (Arauca), Leticia (Amazonas) se hace en las sucursales del Banco Agrario.
  • Con tarjetas Visa y MasterCard se hace directamente en las oficinas de expedición de pasaportes.
  • En la red de cajeros Servibanca.
  • Se puede hacer el pago por internet, vía PSE.
  • Se puede hacer el pago también en la ventanilla de atención, al momento de tramitar el pasaporte.

La Cancillería detalló que las citas para la atención presencial para la solicitud de este documento, en las Oficinas de Pasaporte en Bogotá, se habilitan diariamente de domingo a jueves a partir de las 5:00 p. m. La asignación de estas es de manera gratuita y sin necesidad de intermediarios a través del siguiente enlace: tramitesmre.cancilleria.gov.co.Trámite De Pasaportehttps://imasdk.googleapis.com/js/core/bridge3.550.0_es.html#goog_10057393420 seconds of 27 secondsVolume 90% Estos son las recomendaciones de la Cancillería para salir del país.

Estos son los requisitos para tramitar el pasaporte:

  • Diligenciar la solicitud por medio electrónico para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
  • Solicitar la cita de manera online.
  • El día de la cita debe acercarse personalmente en la oficina que seleccionó y presentar los/mayores-edad documentos requeridos para el trámite, la toma de la fotografía, el registro de huellas y la firma. No es necesario llevar fotos.

Presentar original de la cédula de ciudadanía vigente, en formato válido o:

  • Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil y copia del registro civil de nacimiento expedido por el Notario, Registrador o Cónsul.
  • Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe estar acompañada de la consulta en línea del certificado de vigencia de la cédula adelantada por la oficina expedidora a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

“No se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía”, resaltó la Cancillería.

  • Presentar pasaporte anterior, si cuenta con este.
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante deberá informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.

Cabe tener en cuenta que cuando el Registro Civil de Nacimiento y/o la cédula de ciudadanía se adquirió de manera extemporánea, deberán presentar los Registros civiles de nacimiento y/o defunción colombianos necesarios, que permitan acreditar la forma en que se obtuvo la nacionalidad colombiana, esto según lo consagrado en el artículo 96 de la Constitución Política.

Finalmente, la oficina expedidora de pasaportes estudiará la documentación presentada conforme a lo dispuesto en Resolución 6888, del 26 de noviembre de 2021, “por la cual se regulan las disposiciones referentes a los pasaportes y al documento de viaje colombiano y se deroga la Resolución 3959 del 29 de diciembre de 2020 y la Resolución 656 del 17 de febrero de 2021″.

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