De momento, la Corte no ha explicado qué pasará con los otros expedientes sobre los que hasta ahora ha tenido competencia.

La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia determinó remitir a la Fiscalía General de la Nación, el expediente por presunta manipulación de testigos, que cursa en contra del exsenador Álvaro Uribe Vélez.PUBLICIDAD

La determinación, que la Sala tomó en sesión extraordinaria citada el lunes y fue notificada oficialmente a las partes este martes, es resultado de la renuncia del expresidente a su curul en el Congreso de la República.

El abogado Jaime Granados, quien defiende los intereses del exsenador, elevó la petición de competencia a la misma Sala que dictó medida de aseguramiento en su lugar de residencia, teniendo en cuenta que tras dejar el cargo en el Congreso, el exsenador ya no debía ser juzgado por el alto tribunal.

De acuerdo con el penalista, Camilo Burbano, el trámite en la Fiscalía se seguirá por ley 600 del 2000. «Lo que viene es que el fiscal general tendrá que decidir si define una asignación especial para que siga con la investigación, y se seguirá el proceso en lo que va, es decir, acá ya hubo decisión jurídica, pero la defensa puede pedir que revoquen esa medida de aseguramiento y el fiscal tendrá que decidir».

En este caso, según Burbano, la etapa probatoria continúa y estará en manos del fiscal encargado del caso si llama a juicio a Uribe o si precluye la investigación en su contra. En caso de ser llamado, será llevado ante un juez del circuito y allí se decidirá si hay responsabilidad penal o no.

El espaldarazo a la Procuraduría

La Procuraduría, por su parte, durante la semana le solicitó a la Sala de Instrucción remitir el expediente de Uribe Vélez dado que con la renuncia a su curul perdió la competencia para continuar con los procesos que tengan relación con delitos comunes.

El Ministerio Público ratificó el llamado del procurador Fernando Carrillo Flórez, frente al deber que tienen todos los funcionarios de acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales, y señaló que, con la separación definitiva del entonces congresista a su curul, desaparece el fuero que la Constitución le otorgaba, por lo que la Corte Suprema solo podrá conocer de los procesos en los que los presuntos delitos tuvieran relación directa con su función de congresista.

“El único escenario legítimo para la discusión y confrontación de las decisiones judiciales es el proceso mismo, acudiendo a los instrumentos que el debido proceso consagra, y a ninguno otro ajeno al mismo, por parte de las autoridades o de los ciudadanos», expuso el Ministerio Público.

A juicio de la Procuraduría, todos los funcionarios públicos desde el presidente de la República hasta el más modesto de los servidores públicos deben respetar y cumplir las decisiones de la justicia, absteniéndose de cuestionar, desacatar o promover el incumplimiento de las mismas, sin interferir los principios de independencia y autonomía del poder judicial, básicos para un Estado que presuma ser de derecho.

Para el ente de control con la renuncia desaparece la competencia de la Sala Especial de Instrucción, toda vez que los cargos por los que es investigado el exsenador corresponden a delitos comunes que no tienen relación con la función de congresista.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *