El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Montería, Córdoba, declaró improcedente la acción de tutela mediante la cual el agente interventor del hospital San Jerónimo de Montería, Rubén Darío Trejos, buscaba tumbar las actuaciones adelantadas por la Contraloría de Córdoba, en las que se advierte de presuntos hallazgos fiscales que superan los $4.000 millones y otros.

Según el accionante, con dichas actuaciones se habrían vulnerado el debido proceso y buen nombre de la E.S.E hospital San Jerónimo de Montería y del agente interventor designado por la Superintendencia Nacional de Salud.

“En consecuencia, solicita se declare la falta de competencia de la actuación del proceso de auditoría integral realizado por la Contraloría General del departamento de Córdoba y su grupo auditor y, así mismo, declare la NULIDAD de todo lo actuado hasta la fecha y se remita el expediente a la Contraloría General de la República, a fin de que el trámite de auditoría se surta nuevamente por parte del ente de control fiscal Nacional, garantizando la objetividad técnica del proceso de auditoría”, se establece en la acción interpuesta por parte del agente interventor.

Sin embargo, el Juzgado no accedió a las pretensiones al considerar que “la tesis que responde el problema jurídico preexpuesto permite concluir al Despacho que no es la acción de tutela el mecanismo idóneo para conseguir la declaratoria de nulidad de todo lo actuado y como consecuencia de ello se acceda a su solicitud de traslado, por cuanto la accionante cuenta con otros medios de defensa para hacer valer los derechos que consideren vulnerados; y además, no se encuentra acreditada la configuración de un perjuicio irremediable que permitiera conceder el amparo deprecado, como mecanismo transitorio”.

Teniendo en cuenta lo expuesto, el Juzgado declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional formulada por el agente interventor y envió el respectivo fallo a Corte Constitucional para una eventual revisión.

Cabe indicar que el agente interventor tendrá posibilidad de controvertir el informe del ente de control en el juicio de responsabilidad fiscal.

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