La Agencia Nacional de Tierras sacó a la luz la resolución que da vía al deslinde de los predios que conforman la Ciénaga Martinica, ubicada en jurisdicción del municipio de Montería, lo que quiere decir que se trata de un caso similar a lo ocurrido con la ya conocida Ciénaga Grande del Bajo Sinú.

En este proceso que data de la década de los años 80, se vieron implicados los predios “Marruecos”, de propiedad de Olga Taboada de Salleg; El Diluvio, de Loto Caballero de Abdalá y Ubaldo Abdala Buelvas, así como también, el predio Hacienda Galán, de la sociedad Manuel Ospina Vásquez y Compañía S.; y la Ciénaga Redonda, cuyos propietarios fueron identificados como Sara, Carmen, Katia, Juan Julio, Alfredo y Carlos Iván Bechara Martínez.

Tras un largo proceso en el que tuvieron lugar varios recursos de reposición por parte de los ocupantes, quienes trataron de defender el carácter de propiedad privada, le permitió a la Agencia Nacional de Tierras, en pleno 2022, hacer el descuento de los predios El Diluvio, Hacienda Galán y Ciénega Redonda, del polígono real de lo que está concebido como el área de la Ciénaga Martinica.

Es decir, que en lo concerniente al terreno ocupado bajo la identificación de la finca Marruecos, el levantamiento topográfico adelantado por la Subdirección de Procesos Agrarios y de Gestión Jurídica de la entidad le dio el carácter de baldíos y por ende, de objeto de deslinde.

Para llegar a estas determinaciones, fue necesario que el Tribunal Administrativo de Córdoba le ordenara a la ANT reconstruir el plano del deslinde de la Ciénaga, considerando que el plano n° 23.2.316 del 21 de noviembre del 1973, el cual fue tenido en cuenta por el desaparecido Incora para iniciar el proceso, se había extraviado.

Además de ello, la extinta institución tampoco realizó en su momento una redacción técnica de los linderos del polígono.

En este sentido, la ANT terminó por proferir una resolución que no solo establece el deslinde, sino que además, da paso a la modificación del mismo acto N° 097 de 28 de octubre de 1981, por medio del cual el Incora, en aquella época, ordenó esta acción, teniendo en cuenta que algunos de los predios conservaron su calidad de privados.

Así las cosas, se estableció que este importante ecosistema está comprendido en un área de 1664 ha + 4285 m2, y además, se da paso a otros trámites pertinentes.

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