Terminadas las audiencias ante la JEP, los magistrados de ese tribunal de justicia, tendrán tres meses para definir la sanción que se les imponga a los integrantes del secretariado de las Farc por el caso 01 que corresponde a los secuestros que ordenaron como cabecillas de la entonces organización armada ilegal en Colombia.

Los reconocimientos serán evaluados bajo tres dimensiones:

1) Fáctico: se busca que se cumpla el aporte a la verdad, tanto sobre su responsabilidad individual, como sobre lo que conozcan sobre los hechos y la configuración de la política criminal.

2) Jurídico: se refiere al reconocimiento de la gravedad de las conductas imputadas y que no son amnistiables.

3) Restaurativa: que pasa por reconocer los hechos, el daño causado y dar cuenta de la voluntad de resarcir y no repetir los graves crímenes.

Si los comparecientes cumplen con el estándar de reconocimiento de la Sala y esta determina que reconocieron de manera satisfactoria su responsabilidad y aportaron verdad plena, exhaustiva y detallada, sus casos pasarán a la Sección de Primera Instancia en casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz, que adoptará la sentencia condenatoria e impondrá las sanciones propias a las que haya lugar.

Estas son las únicas sanciones que tienen componente restaurativo y reparador e implican restricción efectiva de la libertad para los comparecientes. De lo contrario, si no reconocen responsabilidad ni aportan verdad, o lo hacen tarde, y son vencidos en juicio, los imputados serán condenados a las otras sanciones que impone la JEP y que van de 5 a 20 años de cárcel.

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