El presidente Iván Duque firmó el Decreto 0402, del 16 de abril de 2021, por medio del cual se establece la prohibición de la importación y exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con este material elaborados en el territorio nacional, lo que complementa lo dispuesto en la Ley 1968 de 2019.

“Con el Ministerio de Comercio expedimos la norma en la que se establecen las disposiciones relacionadas con la prohibición de importación y exportación de asbesto, a fin de proteger la vida y salud de trabajadores y los colombianos en general”, precisó el mandatario a través de su cuenta de Twitter.

Agregó que “la Ley 1968 o Ley Ana Cecilia Niño, en homenaje a esta luchadora contra el uso del asbesto, prohíbe la producción y utilización de estos productos, por lo que desde el primero de enero de este año no se pueden instalar y utilizar, a pesar de que se hayan importado antes de la vigencia”.

En un comunicado, la presidencia de Colombia explicó que el nuevo decreto aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos elaborados con este material, hacia o desde y dentro del territorio nacional.

En la norma se señala que las autoridades administrativas y de control deberán actuar dentro del ámbito de sus competencias para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados no ocurran en el territorio nacional.

En la norma también se establece que el asbesto y los productos con él elaborados que hayan sido importados e instalados antes del primero de enero de 2021 serán objeto de la política pública de sustitución a que se refiere la Ley 1968 de 2019.

Por lo tanto, a partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto.

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