La procuradora delegada ante el Consejo de Estado, Idayris Carrillo Pérez, solicitó en nombre del Ministerio Público, que se declare la nulidad del acto de elección del actual concejal de Montería, Santiago Pérez Posada, por presunta violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades.

En el concepto presentado a la Sección Quinta del Consejo de Estado, la procuradora pide que se confirme la decisión del 16 de diciembre de 2020 cuando el Tribunal Administrativo de Córdoba declaró nulo el acto de elección del concejal de Montería por el partido Centro Democrático, Santiago Pérez Posada por una presunta inhabilidad.

Recordemos que, la Sala Segunda de Decisión resolvió en primera instancia la demanda de nulidad electoral porque el accionado presuntamente se encontraba inhabilitado al momento de inscribirse como candidato para los comicios del 27 de octubre de 2019, por ser hijo biológico de la señora Alba Luz Posada Lerech, quien fungía como gerente departamental de Córdoba de la Contraloría General de la República, y por ello ejerció autoridad administrativa.

Con ponencia de la Magistrada Nadia Patricia Benítez Vega, el Tribunal ordenó la nulidad del acto contenido en el formulario E-26 del 4 de noviembre de 2019, mediante el cual se declaró electo a Santiago Pérez Posada como concejal del Municipio de Montería.

“En consecuencia, cancelar la credencial del concejal Santiago Miguel Pérez Posada, lo cual se hará efectivo a la ejecutoria de esta sentencia de conformidad con el numeral 3º artículo 288 del CPACA”, precisa apartes del resuelve de la demanda.

El concepto de la Procuraduría no es vinculante, así como puede ser usado para cobfirmar sentencia, también se puede obviar.

La historia de la demanda y el beneficiario

El demandante, Larry Nadim García Correa, había pedido al Tribunal a través de su abogado, que se declarara la nulidad del acto de elección del señor Santiago Miguel Pérez Posada como concejal del municipio de Montería, inscrito por el partido Centro Democrático, para el periodo constitucional 2020-2023, por estar incurso en el régimen de inhabilidad e incompatibilidad.

Argumentó en la misma que, “el demandado Santiago Miguel Pérez Posada es hijo (primer grado de consanguinidad) de Alba Luz Posada Lerech, exservidora pública que fungió como gerente departamental de la gerencia departamental de Córdoba de la Contraloría General de la República, dentro de los extremos 2015 a diciembre de 2018, el cual pertenece al nivel desconcentrado de la CGR y se encuentra dentro del nivel directivo de esa entidad, le corresponden funciones de dirección general, formulación de políticas y adopción de planes, programas y proyectos, entre otros, se aduce que la madre del accionado ejerció autoridad administrativa de acuerdo a las funciones descritas en el Decreto Ley 267 de 2000 artículo 74 numeral 6, aunado al nivel directivo del cargo”.

Sustentó en las pretensiones que luego de ser analizadas las funciones asignadas a los gerentes departamentales de la Contraloría General de la República (Decreto 267 de 2000 en el artículo 74 numeral 6) se encuentra la función de “participar en la definición de las políticas, planes, y programas de vigilancia fiscal que deban emprenderse por parte de las Contralorías Delegadas en el departamento en el cual operan y velan por su cumplida ejecución, lo cual implica poder de mando e imposición sobre los subordinados o la sociedad, lo cual es ejercido por el nivel central y el nivel desconcentrado.

Afirmó que se incurrió en la inhabilidad dentro del interregno 27 de octubre de 2018 a 27 de octubre de 2019, pues la madre del candidato ejerció autoridad administrativa dentro de los 12 meses anteriores a la elección, estima acreditados los 4 presupuestos para que se configure la causal invocada.

Si el Consejo de Estado confirma la declaratoria de nulidad del acto de elección y la cancelación de la credencial de Santiago Pérez Posada, quien ocuparía su curul es el demandante, Larry Nadim García Correa, quien resultó tercero en la lista al Concejo de Montería por el partido Centro Democrático en las elecciones de octubre de 2019.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *