La Superintendencia de Sociedades confirmó la sentencia que tumba la Ley 550 a la que está acogida la Gobernación de Córdoba por incumplir pagos a la IPS Funtierra Rehabilitación, que mediante acciones judiciales reclama el pago de facturas por más de 9 mil millones de pesos de servicios de salud NO POS que dice haber prestado en los años 2014, 2015 y 2016.

Resolviendo el recurso de nulidad presentado por el equipo jurídico de la Gobernación, el Superintendente Delegado de Procedimientos Mercantiles, Francisco Ochoa Liévano, conmina con esta decisión al comité de acreedores de la Gobernación a convocar una asamblea para darle cumplimiento a la decisión.

“La nulidad propuesta no puede ser estudiada toda vez que el proceso ya ha terminado y el Código General del Proceso señala que no es posible estudiar las nulidades presentadas con posterioridad a que se profiere sentencia”, sustentó el delegado de la Supersociedades.

La Gobernación había esgrimido entre otras razones para solicitar la nulidad de la sentencia que no había sido notificada. La respuesta de la Superintendencia en esta nueva decisión señala: “Que la Gobernación de Córdoba no fue diligente al no revisar la información publicada en los estados publicados y que la Superintendencia de Sociedades fue más allá de la simple notificación por estado y comunicó a la Gobernación en torno a la existencia de la citación a audiencia sin que ésta haya comparecido”.

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