El Juez Décimo Civil Municipal de Cartagena, Ramiro Eliseo Flórez Torres resolvió rechazar la solicitud de matrimonio civil de dos mujeres en la ciudad. La decisión causó polémica.

El juez argumentó, entre otras cosas, que la Constitución Política de Colombia, en su preámbulo invoca la protección de Dios y que en su artículo 192 establece el juramento ante esta deidad que debe prestar el Presidente de la República, sirviendo de ejemplo para todo servidor público en concordancia con el artículo 122, que en su inciso segundo dice que “ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución”.

“No es discriminación, es comprensión de las normas que nos rigen. Hay que conocer a Dios para saber la dimensión del juramento que se hace al momento de la posesión como servidor público y esto se logra por el conocimiento de la Palabra de Dios, la biblia”, argumentó Flórez en la providencia.

“No puedo casar a dicha pareja del mismo sexo porque ello contraría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales y cuando exista conflicto entre lo que dice la ley humana y lo que dice la ley de Dios, yo prefiero la ley de Dios, porque prefiero agradar primero a mi Señor Dios todopoderoso, antes que al ser humano”, explicó.

El juez insistió que en esto no contraría que Colombia sea un estado laico debido a que según él, la estructura doctrinal de la Constitución es en sí misma teológica.

“El preámbulo invoca la protección de Dios y se debe jurar por Dios, vemos que la laicidad predicada por los magistrados de la Corte Constitucional y por varios doctrinantes, es, con el mayor respeto, artificiosa, no resiste el análisis puesto de presente, por obvias razones inferibles”, señala.

Ante ello, las reacciones por parte de colectivos en defensa de los derechos de las personas LGBT no se hicieron esperar, quienes rechazaron rotundamente la decisión del juez y sus argumentos para negar la solicitud de matrimonio.

“Nos parece que el juez desconoce providencias muy concretas de la Corte Constitucional que garantizan los derechos de las parejas del mismo sexo, sin embargo nos vamos a concentrar en buscar a las dos mujeres a las que el juez les negó el derecho al matrimonio y teniendo en cuenta que los notarios también pueden casar vamos a buscarlas y acompañarlas, si así lo desean, para que puedan casarse”, indicó Wilson Castañeda, director de Caribe Afirmativo.

Castañeda añadió que la Corte Constitucional ha sido clara en diversos fallos que buscan proteger los derechos de las personas LGBT, en que no se puede discriminar para ejercer un derecho en razón de la orientación sexual, tal como ocurrió en este caso donde a las dos mujeres les fue negado el matrimonio por este motivo.

Publicado por Colprensa, Cartagena

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