La ponencia del magistrado Rafael Enrique López dice que aún no se han agotado las vías ordinarias y extraordinarias para acudir a una tutela.

El Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente la tutela que instauró Jaime Granados, abogado de Álvaro Uribe Vélez, con la que buscaba que se tumbara la condición de imputado de su cliente investigado por los delitos de fraude procesal y soborno de testigos.

Este capítulo del proceso contra Uribe Vélez se movió este año con la presentación de una tutela por parte de Granados alegando violación al debido proceso y a la defensa. 

Esto motivado por la decisión que en noviembre del año pasado tomó el juzgado cuarto al considerar que en el expediente contra el exsenador es equiparable la indagatoria hecha en la Corte Suprema de Justicia, bajo el antiguo sistema penal, con la imputación de cargos que hace parte sistema que nos rige en la actualidad.

El abogado Granados expuso su teoría en 69 páginas en las que citó jurisprudencia de las Cortes buscando convencer al Tribunal y calificó de “exótica” la decisión del despacho. 

Pero la Sala Penal, en apenas 23 páginas, le dijo que no son los magistrados los que deben decidir el nuevo rumbo del proceso, sino que ya es competencia de la Fiscalía.

“En este momento el proceso se encuentra en el escenario en el cual la Fiscalía General de la Nación, como titular de la acción penal debe determinar si presenta una solicitud de preclusión, el escrito de acusación y/o un principio de oportunidad”, dice uno de los apartes del documento.

Los magistrados van más allá en su respuesta y le dicen a Granados que no entregó el suficiente material de prueba que permitiera establecer la vulneración de los derechos tal y como lo alegó en su escrito.

“Nada se allegó para demostrar la forma de su estructuración y la incidencia que tuviese en el menoscabo de sus derechos al debido proceso, defensa y presunción de inocencia, los cuales se mantienen incólumes y con todas las garantías para ejercitarlos”, advierte la decisión firmada por los magistrados Rafael Enrique López, Ramiro Riaño Riaño y Julián Rodríguez Pinzón.

También reiteran que se declara improcedente el recurso del abogado del exsenador Uribe Vélez ya que dentro de la acción penal que cursa aún están los medios idóneos para reclamar los derechos al debido proceso y a la defensa.

“…la Sala estima que la acción de tutela es improcedente, comoquiera que la actuación penal cuestionada se encuentra en curso, al interior de ella existen medios de defensa judicial idóneos y expeditos para reclamar la protección de los derechos al debido proceso y defensa, mismos que no han sido ejercitados y en este caso no puede realizarse el análisis reclamado, pues implicaría una interferencia injustificada en la órbita de competencia de la justicia ordinaria”, dice la sentencia.

El senador Iván Cepeda en su cuenta de Twitter escribió: “el Tribunal Superior de Bogotá niega tutela a Álvaro Uribe Vélez, apoyada por el fiscal Gabriel Jaimes, y mantiene imputación. La justicia nos dio la razón sobre la improcedencia de este desesperado recurso con el que se buscaba eludir el llamamiento a juicio del hoy exsenador”.

La defensa de Uribe, jefe del Centro Democrático, consideraba que al llamarlo “imputado”a su cliente se le estaban violando  directamente los derechos al debido proceso, defensa y presunción de inocencia. Colprensa

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