La Superintendencia de Transporte informó que sancionó a las empresas de transporte aéreo Easyfly S.A., Aerocafeteros S.A., y de transporte terrestre Velotax Ltda y a una persona natural por infringir las normas de transporte de mascotas.

El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, señaló que “estas decisiones recuerdan a las empresas de todos los modos de transporte que deben velar por la salud de las mascotas de sus usuarios durante los recorridos”.

La investigación sobre Easyfly S.A. se centró en la muerte del perro de nombre “Homero”, que murió mientras volaba en la ruta Puerto Asís–Cali. Dicha empresa, infringió el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 y el numeral 3.10.3.4 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia 3 (RAC 3), al prestar el servicio de transporte del perro de nombre “Homero” sin calidad, idoneidad y sin cumplir las obligaciones del transporte.

La aerolínea será multada con la suma de $52.987.895, equivalente a 58.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Siguiendo con este caso, la Súper explicó que la sanción a la persona natural se le aplicó a un colaborador de la esa aerolínea, quien no suministró al usuario (el dueño de Homero) la información a la que legalmente estaba obligada al momento de vender el tiquete, pues no indicó que para transportar a su mascota requería llevar un guacal.

La sanción impuesta por esta Superintendencia es de $11.197.387 equivalentes a 12.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

En el caso de Aerocafeteros S.A., este se trató de la mascota de nombre “Paris” que era transportada por la sociedad Aerocafeteros S.A., por vía terrestre y falleció al momento de llegar a su destino en Cali. Dentro de la investigación se encontró que se prestó el servicio sin calidad e idoneidad, ni se entregó la información necesaria respecto a ese servicio de transporte. La sanción impuesta a dicha empresa es de $ 27.255.780 equivalentes a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Caso similar se presentó en la empresa Velotax. En este suceso murieron dos canes que fueron transportados por vía terrestre Pereira-Ibagué en lo que aparentemente era un costal, servicio operado por Velotax, la cual fue sancionada por un monto de $13.627.890 equivalentes a 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por no asegurar la calidad ofrecida por la misma empresa al momento de prestar el servicio de transporte de estos dos animales.

Estas decisiones son de primera instancia y están sujetas a recursos de reposición y apelación.

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