La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a las empresas operadoras de telefonía celular Claro y Tigo debido a que vulneraron los derechos de los consumidores colombianos.

En el caso de la compañía Comunicación Celular S.A. – Comcel (Claro), la Superintendencia impuso una sanción de $ 1.534 millones pues emitió publicidad engañosa dentro de las campañas «¿Miedo? ni que mis redes gastaran datos» y «elijo disfrutar sin límites lo que me gusta».

Además, la entidad evidenció que el operador incluyó cláusulas abusivas que limitaban su responsabilidad y se la atribuían a las aplicaciones por el consumo de datos del plan del usuario.

«Se pudo establecer que el operador no cumplía con la información objetiva señalada dentro de las piezas publicitarias analizadas, pertenecientes a las campañas mencionadas previamente, pues aun cuando se indicó que el uso de las aplicaciones Facebook, WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el contrario, el uso de algunas funcionalidades de las aplicaciones -como las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo- sí generaba consumo de los datos de los planes móviles de los usuarios», indicó la Superintendencia en un comunicado.

Por otro lado, en el caso del operador Colombia Móvil S.A. E.S.P (Tigo), la SIC impuso una multa de $1.343 millones por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles.

Según la SIC, Tigo habría reutilizado y/o reciclado líneas móviles de usuarios sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes, modificado unilateralmente los contratos de prestación de servicios, desatendido los requerimientos de información efectuados en el marco de las averiguaciones preliminares que se adelantaban por dichas infracciones.

«Se pudo establecer que Tigo habría optado por realizar cambios en la titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago, sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la línea móvil -es decir, sin realizar ni recibir llamadas, sin cursar tráfico de datos, sin enviar ni recibir SMS y, sin hacer recargas, ni tener saldos vigentes- y sin dar previo aviso a los usuarios», añadió la autoridad.

De igual forma, la entidad estableció que Tigo modificó de manera unilateral y sin el consentimiento de algunos de sus usuarios, las condiciones contractuales inicialmente pactadas en sus planes denominados: Internet Móvil Tigo Control, Arma Tu plan y Tigo Control Corporativo 4, a los planes Pospago 5.11, Pospago 5.2 y Pospago 5.3, amparado en un presunto cambio tecnológico al interior de la compañía.

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