Dice el tribunal que una eventual suspensión de registrador Vega es decisión de la Procuraduría.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la solicitud de suspender al registrador Alexander Vega Rocha. Sin embargo, le lanzó duros cuestionamientos al funcionario y dejó la decisión en manos de la Procuraduría.

“Niégase la solicitud de suspensión provisional del Registrador Nacional del Estado Civil, Alexander Vega Rocha”, se lee en la respuesta del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano a la solicitud que había interpuesto el abogado Germán Calderón España.

El tribunal cerró la puerta a esta demanda porque, según explicó, carece de competencias para suspender al registrador en cuanto esta medida es disciplinaria, función que es propia de la Procuraduría.

Sin embargo, en el auto de 44 páginas, ese tribunal critica el actuar del registrador en las pasadas elecciones.

“Hay varios elementos que, en principio, permiten afirmar que el Registrador Nacional del Estado Civil ha incurrido en amenaza y vulneración del derecho e interés colectivo de acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna”.

Dice el Tribunal Administrativo que la función pública electoral se vio afectada por una serie de deficiencias ocurridas en las elecciones del Legislativo y las consultas presidenciales –del 13 de marzo– y que, “si no se introducen los correctivos del caso, es razonable inferir que puedan replicarse en las elecciones del 29 de mayo y 19 de junio próximos”.

La demanda del abogado Calderón España había sido admitida por este Tribunal a mediados de abril. El jurista alegó que el derecho colectivo a la moralidad administrativa fue vulnerado en tanto los resultados de las elecciones no fueron oportunos y ni confiables.

Pese a alegar que la suspensión de Vega Rocha no era su competencia, el Tribunal Administrativo sí tomó medidas cautelares para este caso.

Desde la rama judicial pidieron garantías para el acceso a la información en las elecciones en los siguientes temas:

1) Censo Nacional Electoral, 2) puestos de votación 3) jurados de votación, 4) información que se genera durante el proceso de preconteo y los software de escrutinio, 5) información sobre el funcionamiento de las soluciones tecnológicas y 6) espacios de participación.

Según el Tribunal, esta medidas son medios adecuados para asegurar la buena realización de los comicios del 29 de mayo.

Para hacer seguimiento al cumplimiento de las medidas cautelares, el tribunal citó al registrador Vega a una audiencia pública el 11 de mayo a las 9:00 de la mañana. A la audiencia también tienen invitación la Misión de Observación Electoral, el Consejo Nacional Electoral, el viceprocurador y las campañas de los 8 candidatos en la contienda presidencial.

Una vez se conoció el auto, desde la Registraduría indicaron que la medidas cautelares que adoptó el Tribunal ya se encuentran incluidas “en el plan de acción dispuesto por la entidad, concertado con las distintas agrupaciones políticas”.

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