En un documento de 81 páginas, firmado por el procurador Bladimir Cuadro Crespo, la Procuraduría General de la Nación presentó ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá un recurso de apelación contra el fallo de primera instancia emitido por el juzgado 44 de conocimiento de Bogotá, que condenó a doce años de prisión al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
La decisión de la Procuraduría, según el documento se debe a las advertencias por los vacíos en la evaluación y valoración de las pruebas durante el juicio.
«En conclusión, los errores en la apreciación de la prueba, principalmente la incorrecta observación objetiva de la misma, llevaron a la indebida aplicación de la figura de la determinación (artículo 30) y lo relativo a la tipicidad (artículos 10, 444A y 453 del Código Penal), así como a la falta de aplicación del artículo 7 de la Ley 906 de 2004, lo que necesariamente debió resultar en la absolución del procesado.” de lee en el documento.
El recurso enfatiza que la tipicidad de la conducta atribuida a Uribe Vélez no quedó debidamente establecida, lo que, a juicio del órgano de control, debió haber resultado en la absolución del procesado.
«No se estableció más allá de toda duda razonable que el expresidente Álvaro Uribe Vélez tuviera el grado de conocimiento exigible para atribuirle la presunta responsabilidad como determinador de cada uno de los eventos acusados. La sentencia de primera instancia no se ocupó de examinar detalladamente este aspecto medular para cada uno de los episodios examinados”.