La exfuncionaria incurrió en irregularidades en un contrato firmado en 2016 entre su administración y la Fundación Empresarial de Nuevas Tecnologías de la Información de Colombia.

Durante los próximos diez años la exgobernadora de La Guajira Oneida Pinto no podrá ocupar cargos públicos por orden de la Procuraduría General de la Nación. El ente de control emitió este 24 de mayo un fallo en primera instancia en el que comunica la decisión, argumentando que la exfuncionaria incurrió en irregularidades en un contrato firmado en 2016 entre su administración y la Fundación Empresarial de Nuevas Tecnologías de la Información de Colombia (FUNTICS).

“En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por el término de 10 años a la exgobernadora de La Guajira (2016) Oneida Rayeth Pinto Pérez, al comprobar irregularidades en un contrato por $20.453.932.366, suscrito para la implementación de estrategias de aprovechamiento de las TIC para el desarrollo del sector educativo mediante el corredor digital en el departamento de La Guajira”, informó el ente de control.

El fallo también cobija a la exsecretaria de Educación, Bely Gneco; al exdirector Operativo, Gilbert José Meza Cerchar, y al profesional universitario de la administración departamental, para la época de los hechos, Gerardo Cujia Mendoza. Estos tres exfuncionarios fueron sancionados con destitución e inhabilidad general nueve años.

En la investigación contra los exfuncionarios se evidenció que la exfuncionaria suscribió el contrato con FUNTICS el 8 de marzo de 2016, pero este no cumplió con los principios de transparencia y responsabilidad de la contratación estatal. La procuraduría señaló que no había justificación para adjudicar el proyecto a la mencionada entidad, por lo que no es considerado imparcial.

La Gobernación de La Guajira, a cargo de Pinto, estableció restricciones para la licitación, pero, a juicio de las autoridades, estas no tenían fundamento. Se indicó que esta restricción ocasionó que a la licitación solo concurriera un proponente y que, en consecuencia, la entidad no tuviera la oportunidad de realizar una comparación de ofertas para elegir.

“No existe análisis y justificación por parte de la entidad territorial para dar sustento a los requisitos de experiencia solicitados en el proceso de Licitatorio Público No. 033 de 2015, es decir, en no existe ningún estudio que permitiera determinar con imparcialidad, desde el punto de vista objetivo, que este requerimiento obedecía a un análisis conforme al objeto a contratar y a la cuantía del contrato”, argumentó la Procuraduría.

En su momento, el Ministerio Público, a través de su delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, advirtió en un informe de cinco puntos que podrían presentarse irregularidades en este proceso licitatorio adelantado por la Gobernación de La Guajira; sin embargo, a pesar de ello el proceso siguió su curso.

Teniendo en cuenta que las alertas se hicieron a tiempo, pero fueron omitidas, la conducta de la exgobernadora fue calificada como falta disciplinaria gravísima a título de culpa gravísima.

Se indicó que contra la presente decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular.

Oneida Pinto fue alcaldesa en dos ocasiones del municipio de Albania, y primera gobernadora electa que tuvo el departamento de La Guajira, sin embargo, el 7 de junio de 2016, en su segundo mandato, el Consejo de Estado de Colombia anuló la elección de Pinto como gobernadora. Luego saldría a la luz más de un caso de corrupción en su contra por desvío de los recursos territoriales.

Incluso, Pinto Pérez fue imputada por los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad en documento público, debido a las irregularidades acaecidas en contratos de obra de adoquinamiento de vías en el municipio de Albania, La Guajira, en 2010 y 2011. El proceso fue cerrado por vencimiento de términos.

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