El presidente Iván Duque firmó el decreto que reglamenta finalmente las 16 curules de paz que podrán ocupar víctimas del conflicto armado en la Cámara de Representantes.

Con ese respaldo legal y constitucional, los que se vieron afectados por la violencia del conflicto durante años en Colombia, pueden aspirar a ocupar estas curules, más no los victimarios que ya han tenido la oportunidad.

Las votaciones que definirán quiénes ocuparán estos escaños se realizarán el próximo 13 de marzo.

El decreto ratifica que quienes fueron miembros de las antiguas guerrillas de las Farc, o de cualquier otro grupo armado que se haya o no desmovilizado durante los últimos 20 años, no podrán participar en los comicios.

El Consejo Nacional Electoral, CNE, la oficina del Alto Comisionado para la Paz y el Comité Operativo para la Dejación de las Armas se encargarán de verificar las bases de datos de los candidatos inscritos para verificar en qué tipo de condición se están postulando, desmovilizado colectivo o individual.

Asimismo, los grupos o partidos políticos no podrán participar en la jornada. Quienes se postulen a estas curules no deberán haber participado o ser elegidos en cargos públicos ni haber sido candidatos en representación de partidos políticos, tampoco quienes hayan sido candidatos por un partido dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la inscripción.

Quienes incumplan las reglas de estas circunscripciones transitorias especiales de paz serán sancionados con la pérdida del cargo mediante el procedimiento de pérdida de investidura definido en la ley, así mismo la curul no podrá ser reemplazada por otro candidato.

Para iniciar con las candidaturas las víctimas solo podrán postularse por medio de organizaciones de víctimas, de campesinos u organizaciones sociales, o grupos significativos ciudadanos.

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