En la mañana de este miércoles se conoció la multa de $379.763.868 a Colombia Telecomunicaciones (Movistar) impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio, luego que comprobaran que había una información errónea en cuanto a la vigencia de los beneficios y capacidad del servicio gratuito ofrecido en los planes ‘Todo en uno’ y por incurrir en publicidad engañosa en cuanto a la duplicidad de megas ofrecidas en el mencionado plan.

El plan multado ofrecía servicios como: duplicidad de megas por seis meses; uso gratuito de las redes sociales Facebook, Twitter y WhatsApp.

También ofrecía segundos a todo operador que depende del valor del plan; minutos ilimitados a todo operador; SMS a todo operador y SMS ilimitados para enviar entre líneas Movistar.

La superintendencia indicó puntos claves en la decisión:

• En los beneficios ofrecidos en los planes cuya recarga se realiza “mensual”, no informó de manera clara que solo tenían una vigencia de cuatro semanas, lo que significaba que en la práctica el servicio mensual se prestaba por menos tiempo.

• En los beneficios que ofreció de chat de WhatsApp y de las aplicaciones de Facebook y Twitter de manera gratuita, no informó a los usuarios la capacidad de datos y vigencia determinada para su uso, de modo que fueran claras y completas las condiciones particulares para conservar la característica de gratuidad.

Frente al anuncio de duplicidad de las megas ofrecidas por seis meses, se exigió al usuario el cumplimiento de un requisito adicional que no fue informado al momento de ofrecer el plan, esto es que para proceder al aprovisionamiento de las megas debió haber efectuado la portabilidad a través de la página web de Movistar.

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