A partir del próximo mes de noviembre los restaurantes deberán hacer visible los precios de sus productos, así como regular las disposiciones sobre el pago de las propinas.

Así lo determinó la Superintendencia de Industria y Comercio, que actualizó la Circular Única que regula las disposiciones sobre el pago de propina, la cual incluye normas sobre cómo se deben informar los precios del menú del restaurante, así como la voluntariedad de pagar la propina o el derecho a no hacerlo, entre otros.

La autoridad recordó que la propina es un reconocimiento voluntario que da el consumidor por el servicio recibido, por lo que puede no pagarse, y si bien los establecimientos pueden sugerir su valor, sin exceder 10% del valor de la cuenta, hay que preguntar antes de entregarla si desea incluirla o no, o modificar el monto que quiere pagar. Además, si antes de emitir la factura no se consultó al consumidor y se incluyó la propina, este tiene derecho a modificarla para no hacerlo.

Los establecimientos, además, deben tener en su entrada, cartas y listas de precios, información sobre la voluntariedad de la propina, su destinación y el derecho de no pagarla o modificar la cuantía sugerida. El aviso, además, tiene que informar que, ante cualquier inconveniente, los usuarios pueden acudir a la SIC.

En lo que tiene que ver con los precios, la entidad recordó que deben informarse a través de listas o cartas físicas. «Sin importar el sistema de precios que elija el establecimiento, se debe garantizar siempre la visibilidad del precio y que el medio de información sea físico. El uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye dicha obligación», dice el documento.

Además, los sitios no pueden exigir datos personales, permisos de acceso a aplicaciones o registros en páginas web para visualizar los precios. Tampoco se deben utilizar en los listados elementos que induzcan a error sobre el valor del producto, «como lo son, por ejemplo, anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo ‘precios en miles de pesos colombianos’ o ’20K’; o utilizar expresiones indeterminadas como ‘según el tamaño’ o ‘según el peso’; o el uso de palabras que no correspondan al idioma castellano».

Estas normas regirán desde el 5 de noviembre de 2022 y quienes incumplan las disposiciones de la circular se exponen a sanciones de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales.

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