El Ministerio de Trabajo recordó a los patronos y empleadores de todo el territorio que el próximo 30 de junio vence el plazo que les otorga la ley para que le paguen la prima a los trabajadores de servicio.

Esta bonificación salarial se le debe dar a todo trabajador que cumpla las condiciones de un empleado dependiente, dentro de los cuales están los que prestan servicios como trabajadores del hogar (realizando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, entre otros), los jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras, entre otros. Cabe recordar que esta obligación quedó consignada en la Ley 1788 del 2016.

Sobre esta disposición está definido que el beneficio corresponde a 30 días de salario por año o proporcional al tiempo laborado, a efectuarse en dos pagos: en junio y diciembre.

El Ministerio de Trabajo informó que del total de 22 millones 539 mil personas que estaban trabajando para el año pasado, 5 millones 881 mil recibieron prima de servicios. Se estima que para esta vigencia la cifra supere los seis millones.

Entre las sanciones a quienes no paguen esta bonificación está la imposición de multas que oscilan entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y, a su vez, puede generar que los jueces del trabajo ordenen el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *