Aunque muchos trabajadores recibieron este 15 de junio su prima de servicios, es importante recordar que los empleadores tienen como plazo máximo hasta el 30 de junio para pagar este beneficio que tienen los empleados por el semestre trabajado o proporcional al tiempo laborado.

Entre estos empleados se encuentran también quienes prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado; jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras, entre otros; según la Ley 1788 del 7 de julio de 2016.

El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explicó que este beneficio corresponde a 30 días de salario por año o proporcional al tiempo laborado, el cual se debe efectuar en dos pagos: el primero en junio y el segundo en diciembre.

Según cálculos del Grupo de Información Laboral de la Subdirección de Análisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral de Ministerio de Trabajo, para este 2021 el número de ocupados que puede llegar a recibir este reconocimiento supera los 6 millones.

El no pago de la prima de servicios a un trabajador, puede traer como consecuencia la imposición de multas de 1 a 5000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a su vez, puede generar que los jueces del trabajo ordenen el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago.

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