El Gobierno nacional estableció la suspensión del cobro del servicio de gas combustible para los usuarios afectados por la emergencia invernal en los ocho departamentos declarados en calamidad pública. La medida fue contemplada en el Decreto 0242, expedido por el Ministerio de Minas y Energía, y busca aliviar directamente la situación de las familias cuyas viviendas quedaron inhabitales por la temporada de lluvias.
El decreto establece que las empresas de gas por redes de tubería no podrán facturar consumos ni cobrar cargo fijo mientras los inmuebles no recuperen condiciones de habitabilidad y el servicio no se preste en condiciones seguras.
En cuanto a deudas previas a la declaratoria de emergencia, las compañías deberán diferir los pagos a usuarios de estratos 1 y 2 por un mínimo de 12 meses, prorrogables según acuerdos. Si durante la emergencia se reemplazó infraestructura interna, como medidores o redes, los planes de pago podrán extenderse entre 12 y 36 meses.
El Gobierno destacó que la norma busca evitar que las familias que perdieron viviendas, enseres y fuentes de ingresos enfrenten al mismo tiempo facturas de un servicio que no pudieron usar.
Además, el decreto instruyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) a establecer mecanismos inmediatos de liquidación y compensación para las plantas de generación hidroeléctrica ubicadas en las zonas afectadas por la emergencia.
