La funcionaria explicó que Epa Colombia no cumple con uno de los tres requisitos de la ley de utilidad pública.

Tres meses se van a cumplir desde la más reciente detención contra Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia. La creadora de contenido y empresaria fue capturada a las afueras de uno de sus locales el 27 de enero de 2025.

Desde mediados de marzo, la defensa de la empresaria de las queratinas había solicitado formalmente que se le otorgara la detención domiciliaria, argumentando que se ha certificado la labor social de Barrera Rojas, hecho por el cual no representa un peligro para la sociedad. “Su desempeño personal, laboral, familiar y social demuestra de manera inequívoca su compromiso con la rehabilitación y la reintegración a la sociedad”.

Sin embargo, en las últimas horas se conoció que la posibilidad de que la creadora saliera de la cárcel bajo la modalidad de detención domiciliaria era remota. La información fue dada a conocer a través de la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, quien, aclaró que la ley de utilidad pública que pidió la defensa de Epa tiene tres requisitos fundamentales y que según su criterio la creadora de contenido no cumplía con uno de ellos.

La ministra aseguró que “hay personas que cometen el delito en relación con su extrema pobreza para, por ejemplo, poder darle alimentación a su hijo. En ese caso en particular, hay una relación entre su marginalidad y su comportamiento; es casi que obligado”.

Otro requisito, indicó, es que efectivamente se “trate de ciertos delitos y no todos los delitos [aplican]”, y, el tercero, que tengan un “quantum punitivo” los delitos que permita trabajar.

Sobre la condena de Epa Colombia y si es posible que salga de la cárcel bajo esta ley, la ministra respondió con contundencia que, en su criterio, “hay un delito que no lo permite”.

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