La Constitución prohíbe que personas condenadas puedan ser elegidas en el Congreso.

La empresaria e influenciadora Daneidy Barrera, conocida como ‘Epa Colombia’, ha dado mucho de qué hablar en los últimos días luego de que se confirmara la condena en su contra en segunda instancia por los daños que propició en Transmilenio.

En unas recientes historias que publicó en redes sociales, ‘Epa Colombia’ indicó que le gustaría llegar al Senado de la República, lo cual ha despertado todo tipo de comentarios.

“No quiero más injusticias contra los pobres. Tengo que llegar al Senado. Yo voy a llegar al Senado, si tú me sigues apoyando“, indicó la joven que ahora tiene un negocio de venta de keratinas.

“Voten por mí, hermanos colombianos”, señaló en su mensaje que ha sido ampliamente compartido en varias plataformas. 

Sin embargo, la Constitución Política de Colombia, en su artículo 179, establece que no podrán ser congresistas “quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos”.

Adicionalmente, Daneidy Barrera en este momento no cumple otro de los requisitos establecidos en la carta política para convertirse en senadora, el cual establece que para llegar a esa corporación se debe tener más de 30 años y ‘Epa Colombia’ solo tiene 25.

Por haber cometido hechos de vandalismo durante las marchas del año 2019, el Tribunal Superior de Bogotá la sentenció a una pena de más de cinco años de cárcel por perturbación del transporte público, daño en bien ajeno e instigación para delinquir con fines terroristas.

Tras esta decisión, su abogado presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia que tendrá la última palabra y definirá si esta decisión judicial en su contra fue o no desproporcionada.

Fuente: Sistema Integrado de Información

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