El reconocido dirigente político y víctimas del conflicto armado, Franklin de la Vega González, presentó una acción de tutela en contra del registrador Nacional del Estado Civil, Alexander Vega Rocha, al considerar que le han sido vulnerados derechos para presentarse a aspirar a la Cámara de Representantes por una de las curules especiales de paz.

Señala en la tutela que hay una presunta violación a la Constitución Política de Colombia y al acto legislativo 02 del 25 de agosto expedido por el Congreso y promulgado por el presidente Iván Duque, al explicar que desde la Registraduría modificaron el artículo 5 de la ley, donde estarían violentando sus derechos fundamentales a elegir y ser elegido y a tener participación política en las elecciones.

De la Vega González, quien fue candidato a la Alcaldía de Tierralta durante las elecciones del 30 de agosto de 2011, indicó que los requisitos para ser candidato y poder ganar una de las curules de las 16 circunscripciones eran “no haber sido candidato elegido o no a cargos públicos, con el aval de partidos o movimientos políticos con representación en el congreso o con personería jurídica, o quienes lo hayan sido por un partido político cuya personería jurídica se haya perdido, dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la inscripción, o hayan hecho parte de las direcciones de estos, durante el último año”.

El denunciante aclaró que él para el 18 de diciembre de 2019 presentó su renuncia como militante del Partido Liberal y le habría sido aceptada para esa misma fecha, quedando así sin militancia política y con nueve años sin ser candidato a ningún cargo de elección popular.

La tutela señala que Vega Rocha y Benjamín Ortíz Torres, secretario general de la referida entidad (también demandado), realizaron el 28 de septiembre de 2021 la expedición de una resolución, la número 10592 del 2021, en donde adoptaron medidas especiales para la actualización y vigilancia del censo electoral, la inscripción de candidatos y se establece el procedimiento para la organización y dirección de la elección de los representantes adicionales la cámara por las 16 circunscripciones transitorias especiales de paz, en los periodos 2022- 2026 y 2026-2030.

Entre las medidas establecieron: “Además de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la constitución política y en la ley, para ser representantes a la cámara, no podrán inscribirse como candidatos a las 16 circunscripciones transitorias especiales de paz: 1: Quienes en cualquier tiempo hayan sido candidatos elegidos o no a cargos públicos con el aval de partidos o movimientos políticos con representación en el congreso de la república o con personería jurídica”.
La misma situación la atraviesa Orlando Antonio Triana Pérez, víctima del conflicto armado, líder social y defensor de los Derechos Humanos, quien mediante otra tutela denuncia el mismo hecho.

Triana Pérez dice que “es evidente que con la Resolución del Registrador Nacional del Estado Civil genera un perjuicio a las víctimas del conflicto armado interno de manera irremediable por su magnitud que afecta con inminencia y de manera grave al sacar, excluir a víctimas del Derecho de elegir y ser elegido así como al derecho fundamental de participación política”.

La tutela interpuesta por De la Vega González fue admitida por el Tribunal Administrativo de Córdoba, Sala Quinta de Decisiones, donde en su segundo resuelve piden que el auto admisorio sea notificado al registrador Vega Rocha, a quien le conceden un plazo de dos días para que ejerza su derecho de contradicción y defensa.

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