Después que el Ministerio de Vivienda elevara un concepto de si podía modificar las tarifas de los servicios públicos cuando las empresas que prestan estos servicios abusaran de sus tarifas, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, emitió un concepto favorable. La Sala dejó en claro que será la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) a cargo del Ministerio el ente encargado de dicha modificación.

La Sala respondió que en caso de que se evidencien “abusos de posición dominante, violación al principio de neutralidad, abuso con los usuarios del sistema”, entre otras causas que habilitan la intervención en la tarifa y sus fórmulas, era posible que la revisión terminara en la modificación de la tarifa y la alteración parcial de las condiciones del contrato.

La respuesta también precisa que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios puede investigar los incumplimientos en la ejecución de los contratos para la prestación de los servicios públicos y sancionarlos, especialmente en lo relacionado con las tarifas. Añadió que incluso podría ordenar el reintegro de las sumas que el operador reciba en forma indebida o en exceso, frente a la queja concreta que presente algún usuario.

También precisó la Sala que no es viable que las empresas públicas subcontraten con otras empresas públicas la prestación parcial o integral de servicios públicos domiciliarios en algún municipio o región del país.

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