Tras considerar que la única organización competente para investigar al presidente de la República es la Cámara de Representantes, la Corte Constitucional tumbó la investigación que se sigue en su contra en el Consejo Nacional Electoral por la presunta violación de topes electorales durante la campaña “Petro Presidente” en el 2022.
El tribunal protegió los derechos del primer mandatario al debido proceso y al fuero presidencial, al asegurar que el CNE no es el órgano competente para investigarlo. La ponencia que salió victoriosa en la Sala Plena fue la presentada por el exsecretario jurídico de la presidencia, el magistrado Vladimir Fernández.
Indica la Corte que la única organización competente para investigar al presidente de la República es la Cámara de Representantes.
“DECLARAR que la Cámara de Representantes es la autoridad competente para asumir la investigación respecto del ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego, en su calidad de Presidente de la República, por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, de las cuales fue candidato”, dijo la Corte Constitucional
Así las cosas, este alto tribunal dejó sin efectos una sentencia del Consejo de Estado que había resulto un conflicto de competencias entre el Consejo Nacional Electora (CNE) y la Comisión de Acusación e Investigación de la Cámara de Representantes.