El Consejo de Estado, a través de su Sección Quinta, emitió una decisión de segunda instancia crucial al confirmar que el nombramiento de Juan Carlos Florián como Ministro de la Igualdad vulneró la ley de paridad y equidad de género, también conocida como la Ley de Cuotas.

La alta corte resolvió el recurso de apelación presentado por la Presidencia y ratificó la anulación inicial que había emitido el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en septiembre.

El punto central de la decisión de los magistrados fue que, al momento del nombramiento, la designación de Florián reducía la participación femenina en el gabinete a menos del 50%, transgrediendo la ley que busca proteger la inclusión de las mujeres en altos cargos decisorios.

Además, el Consejo de Estado hizo una acotación específica respecto a la identidad de Florián. Citando su propia respuesta a la demanda, la Sala determinó que el exministro se identificó como una persona de «género fluido» que transita entre las categorías de hombre y mujer.

«Como se puede observar, el propio Juan Carlos Florián Silva reconoce que no se identifica dentro del binarismo de género masculino (hombres) y femenino (mujeres)… lo cual le permite a la Sala concluir que no es del género femenino”, reseñó la corporación.

La Sección Quinta recordó que la Ley de Cuotas fue diseñada con base en los conceptos de sexo y género asociados a las características biológicas, y su propósito es proteger la participación de las mujeres en el servicio público. A pesar de los intentos de la defensa por argumentar la ineficacia de la medida, el Consejo de Estado mantuvo la anulación de la designación.

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