Dos abogados laboralistas analizan el proyecto de ley que busca restablecer y garantizar pagos de recargos nocturnos, dominicales y festivos a los trabajadores.

El proyecto de ley que busca ‘restablecer y garantizar pagos de recargos nocturnos, dominicales y festivos a los trabajadores’, radicado este martes por el Partido Liberal y apoyado por el Gobierno, ya ha generado preocupaciones en el sector empresarial.

¿Por qué? Mónica Rivera García, abogada de la Pontificia Universidad Javeriana y especialista en Derecho Laboral, sostuvo que esos cambios al Código Sustantivo de Trabajo generan incrementos laborales y operacionales, que necesariamente deberán ser asumidos por los empleadores, como lo son: aumentos en el valor de las horas de trabajo, contratación de personal adicional, reestructuración de áreas, entre otras.

“¿Qué sucederá cuando un empleador deba asumir mayores costos por concepto de trabajo suplementario, trabajo dominical y/o festivos? ¿Será fácil mantener el empleo para las mipymes que hoy emplean formalmente al 90% de los trabajadores?”, se preguntó la abogada.

Para Rivera García, es inadmisible que se pretenda formular una propuesta para generar y formalizar el empleo, sin siquiera revisar su impacto en la realidad de las empresas colombianas.

“Sin duda, implementar las modificaciones que se pretenden realizar al Código Sustantivo del Trabajo no solo aumentarán los costos laborales, sino que también tendrían un efecto negativo en el desempleo y la informalidad, ante la imposibilidad para las empresas de mantener los costos de un contrato laboral”.

Hace 20 años

Por su parte, Carlos Alberto Camargo Mejía, abogado de la Universidad Icesi y especialista en Derecho Laboral de la Universidad Externado, explica que esta iniciativa pretende “restablecer” derechos laborales derivados del trabajo suplementario o de horas extras, los cuales fueron modificados en el 2002 con la finalidad de crear nuevos puestos de trabajo.

De igual forma, según el laboralista, se pretende unificar la jornada laboral diurna y nocturna, siendo entonces la primera la comprendida entre las 06:00 a.m. y las 06:00 p.m. y la nocturna de 06:00 p.m. a 06:00 a.m.

Si bien el proyecto de ley sería beneficioso para los trabajadores, quienes aumentarían su remuneración, Camargo Mejía considera que valdría la pena revisar el impacto que podría tener en el costo de la nómina.

“La modificación realizada en el 2002 al Código Sustantivo del Trabajo tenía como finalidad crear nuevos empleos y con ello apalancar el crecimiento del país. Hoy, 20 años después, existen más dudas que certezas sobre el cumplimiento de dicho objetivo.

Así pues, con la actual propuesta de reforma, se deberá analizar si la medida implicará una mayor empleabilidad o si se trata únicamente de mejorar las condiciones salariales de la fuerza laboral del país, lo cual está bien siempre que no se generen efectos adversos colaterales, tales como despidos, fugas de capital o más informalidad”, enfatizó Camargo Mejía.

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