Entre los cambios que más ha llamado la atención del proyecto de reforma laboral está el de ampliar el tiempo de la licencia de paternidad. Dicho tiempo actualmente está en dos semanas.

Según la iniciativa, el tiempo de la licencia aumentará de manera progresiva hasta llegar a las doce semanas en el 2025.

Así las cosas en este 2023 la licencia se ampliaría a cinco semanas intransferibles y para el 2024 subirá a ocho semanas también intransferibles.

En este punto, propuesto por las centrales obreras, también se propone que la licencia sea otorgada por hijos nacidos del cónyuge o de la compañera permanente. Pero también para el padre adoptante y en todo caso se aplicará a las familias homoparentales.

Hay que tener en cuenta que, en debido caso, el único soporte válido para el otorgamiento de la licencia remunerada de paternidad será el Registro Civil de Nacimiento. El pago de esa licencia remunerada estará a cargo de la EPS. Además “será reconocida proporcionalmente a las semanas cotizadas por el padre durante el periodo de gestación”, quedó especificado en el documento.

“Ambos progenitores podrán acordar libremente como distribuir el tiempo de la licencia parental flexible en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, en caso de no existir acuerdo la decisión será tomada por la mujer”, complementó la iniciativa.

Parejas del mismo sexo tendrán acceso a licencias de paternidad.

La Corte aseguró que no hay una razón clara o suficiente para excluir a las parejas del mismo sexo a la hora de poder tener la licencia de paternidad.

Tras una demanda realizada por un ciudadano, aduciendo una omisión legislativa que vulneraba el derecho a la igualdad. La Corte Constitucional declaró exequible el beneficio de licencias de paternidad a las parejas del mismo sexo.

Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, se determinó que las parejas adoptantes del mismo sexo que conforman una familia, requieren el mismo tiempo de cuidado para los niños y niñas que una pareja heterosexual. Por eso es determinante que ambas cuenten con el espacio para construir vínculos y poder prodigarle afecto y amor.

“Es decir, ambas parejas que adoptan deben brindar las mismas garantías. Si bien en la primera los roles binarios de madre y padre no encajan con las expectativas sociales y lo que implica un modelo de familia nuclear, esto no es suficiente para descartar que se encuentran en similar situación”, expresa la decisión.

Debe haber equidad de género

Para la sala plena, las licencias parentales deben basarse en la equidad de género y en el reparto igualitario del tiempo en las familias. Esto, ya que uno de sus principales objetivos es el de garantizar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, y el goce efectivo de sus derechos, especialmente el amor y el cuidado y el papel activo y responsable de las familias en su desarrollo integral, y que por ende el Legislador debe procurar dicha garantía.

Igualmente, enfatizó la Corte que no existe justificación para admitir este trato diferenciado. Pues al estar resuelto que constituyen una familia, que pueden adoptar y que cuentan con las mismas garantías que las parejas familiares heterosexuales adoptantes, no es admisible una distinción en este sentido.

La determinación

Por ello, al determinar una desigualdad negativa, esta impacta en los niños y las niñas, así como las familias conformadas por parejas del mismo sexo.

Según el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, toda trabajadora tiene derecho a una licencia de 18 semanas, que incluyen una o dos antes del parto y 17 posteriores. Y en el caso del padre a dos

semanas de licencia remunerada de paternidad.

Con la nueva modificación resuelta por la Corte, los integrantes de la pareja del mismo sexo adoptante quienes definan, por una sola vez, quien disfrutará de cada prestación en las mismas condiciones previstas para las familias heterosexuales adoptantes.

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