El Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer las tarifas de copagos y cuotas moderadoras que estarán vigentes durante 2026 para los afiliados al sistema de salud en Colombia.
La actualización aplica para todos los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y establece cobros diferenciados según el régimen de afiliación y el nivel de ingresos.
De acuerdo con la cartera sanitaria, los nuevos valores no están atados al salario mínimo, sino a un mecanismo técnico de ajuste que busca reflejar el comportamiento del costo de vida y garantizar reglas homogéneas en todo el país.
¿Cómo se definieron los valores para 2026?
Para calcular las tarifas de este año, el Ministerio tomó como base la Unidad de Valor Básico (UVB), un indicador que se actualiza anualmente con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), excluyendo alimentos y precios regulados, según certificación del DANE.
Para 2026, la UVB quedó establecida en $12.110, cifra a partir de la cual se determinaron tanto las cuotas moderadoras como los copagos y sus respectivos topes máximos por evento y por año calendario.
Cuotas moderadoras en el régimen contributivo.
En el régimen contributivo, las cuotas moderadoras continúan siendo un instrumento para regular el uso de los servicios de salud. El valor que debe pagar cada afiliado depende de su ingreso mensual, medido en salarios mínimos legales vigentes:
Ingresos inferiores a dos salarios mínimos: alrededor de $5.000 por servicio.
Ingresos entre dos y cinco salarios mínimos: cerca de $20.100.
Ingresos superiores a cinco salarios mínimos: aproximadamente $52.800.
Estos montos aplican tanto para el cotizante como para sus beneficiarios, siempre que el servicio esté cubierto por la normativa vigente.
Copagos en el régimen contributivo
Además de las cuotas moderadoras, los afiliados al régimen contributivo deben asumir copagos, que corresponden a un porcentaje del valor del servicio recibido. Para 2026, los porcentajes quedaron así:
Ingresos menores a dos salarios mínimos: 11,5 %.
Ingresos entre dos y cinco salarios mínimos: 17,3 %.
Ingresos superiores a cinco salarios mínimos: 23 %.
Topes máximos de copago
Con el fin de evitar cobros excesivos, el Ministerio estableció límites máximos:
Por evento:
Menos de dos salarios mínimos: hasta $373.715.
Entre dos y cinco salarios mínimos: hasta $1.497.644.
Más de cinco salarios mínimos: hasta $2.995.409.
Por año calendario:
Menos de dos salarios mínimos: hasta $748.882.
Entre dos y cinco salarios mínimos: hasta $2.995.409.
Más de cinco salarios mínimos: hasta $5.990.696.
Régimen subsidiado: qué pagos aplican en 2026
Para los afiliados al régimen subsidiado, el Ministerio reiteró que no se cobran cuotas moderadoras. No obstante, sí se mantienen los copagos, los cuales no pueden superar el 10 % del valor del servicio.
En este caso, los topes fijados para 2026 son:
Tope por evento: hasta $651.155.
Tope anual por afiliado: hasta $1.302.309.
Desde cuándo rigen las nuevas tarifas
Las tarifas actualizadas comenzaron a regir desde el 1 de enero de 2026 y son de obligatorio cumplimiento para las EPS, las instituciones prestadoras de servicios de salud y los usuarios del sistema.
Según explicó el Ministerio de Salud, la actualización busca garantizar una aplicación técnica, clara y equitativa de los cobros en todo el territorio nacional, manteniendo la diferenciación entre cuotas moderadoras y copagos.
