Lo que antes era visto como un simple beneficio laboral ahora se convierte en un verdadero escudo jurídico. La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-333 de 2025, elevó la protección de la maternidad a un nuevo nivel al ampliar el fuero de lactancia hasta los dos años de vida del hijo o hija.
A partir de esta decisión, ninguna mujer podrá ser despedida por motivos relacionados con la lactancia durante ese periodo, y cualquier desvinculación se presumirá discriminatoria, salvo que el empleador cuente con autorización expresa del Ministerio del Trabajo y demuestre una causa objetiva.
El caso que originó el fallo tiene nombre propio: María Fernanda Gaona Rocha. Ella fue despedida cuando su hijo tenía apenas 16 meses, después de solicitar el permiso de lactancia al que legalmente tenía derecho. La Corte no solo ordenó su reintegro inmediato, sino también el pago de los salarios y prestaciones dejadas de percibir, junto con una indemnización de 60 días.
Pero la sentencia va más allá del derecho a conservar el empleo. También impone nuevas responsabilidades a las empresas:
Acondicionar espacios seguros e higiénicos para la extracción y conservación de leche materna.
Garantizar la continuidad en la afiliación al sistema de seguridad social de la madre y su hijo durante todo el periodo de lactancia.
Organizaciones feministas y colectivos laborales celebraron la decisión como un hito en la lucha contra la discriminación por maternidad en el mundo del trabajo.
La Corte fue contundente: amamantar no puede ser un motivo de despido, sino un derecho digno de protección reforzada.