La campaña presidencial fue sancionada por presuntamente violar los topes electorales en 2022.
La tutela que el año pasado presentó el exmagistrado Julio César Ortiz, a nombre de la Colombia Humana, que pedía tumbar la sanción que el Consejo Nacional Electoral, CNE, declaró en contra de la campaña Petro Presidente, en 2022, fue negada.
El recurso se radicó argumentando que se estarían vulnerando los derechos fundamentales de la colectividad al debido proceso, a la legalidad y la igualdad de participación.
“Conforme a los argumentos en los que se soporta la presente queja constitucional y su cotejo con la información extractada de las piezas procesales adosadas al expediente, se anticipa que el amparo rogado será denegado, toda vez que incumple el presupuesto de la subsidiariedad aunado a que no se acreditó la configuración de un perjuicio irremediable, como pasa a exponerse”, dijo el tribunal en su reciente decisión.
A finales del mes de noviembre, el Consejo Nacional Electoral, CNE, decidió acogerse a la ponencia de los magistrados Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático) y Benjamín Ortiz (Partido Liberal) quienes pedía sancionar la campaña presidencial de Gustavo Petro por vulnerar topes electorales en 2022.
Los pliegos de cargos fueron formulados en contra de Gustavo Petro Urrego, como candidato; Ricardo Roa Barragán, entonces gerente; Lucy Aydee Mogollón, tesorera; María Lucy Soto y Juan Carlos Lemus Gómez como auditores; además de los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica.
“En este orden, al candidato, gerente de campaña, tesorera y auditores se les endilga la presunta vulneración al límite de gastos en la campaña de primera vuelta por la suma de tres mil millones ($3.709.361.342), con fundamento en lo establecido en el artículo 109 Constitucional, artículo 24 de la Ley 1475 de 2011, artículos 12 y 19 de la Ley 996 de 2005 en concordancia con lo establecido en la Resolución 0694 de 2022 adoptada por la Corporación, al tenor de las faltas que se especifican”, afirmó el Consejo Nacional Electoral.
Para el órgano electoral, la contienda omitió el reporte de financiación hecho por Fecode, de $500.000.000. Además, tampoco se registró el aporte del Polo Democrático, por ese mismo valor. Tampoco se habría reportado el pago de $900.000.000 para los testigos electorales, $350.000.000 en propaganda electoral, $202.000.000 que llegaron desde la campaña al Senado por el Pacto Histórico.
En las cuentas de los magistrados ponentes, Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, se alertó también que no se registró los gastos de campaña relacionados con los servicios de transporte aéreo que ascendió a $1.249.793.230. El aporte financiero de la Unión Sindical Obrera, USO, por $121.544.000 tampoco se registró.
“Para la segunda vuelta, se les formula cargos por la presunta vulneración al límite de gastos por la suma de mil seiscientos cuarenta y seis millones trescientos ochenta y seis mil setecientos setenta y tres pesos ($1.646.386.773), con fundamento en lo establecido en el artículo 109 Constitucional, artículo 24 de la Ley 1475 de 2011, artículos 12 y 19 de la Ley 996 de 2005 en concordancia con lo establecido en la Resolución 0694 de 2022 adoptada por la Corporación, al tenor de las faltas que se especifican”, afirmó el órgano electoral respecto a la segunda vuelta.
Para los magistrados ponentes, Prada y Ortiz, no se reportaron $100.000.000 que se invirtieron en un evento del 19 de junio de 2022 en el Movistar Arena para la celebración. Además, $177.680.000 que se destinaron para los testigos electorales, no aparecen en los libros de financiación.
El transporte aéreo por $962.957.784 tampoco se reportó. De igual forma se omitió un aporte de la Colombia Humana por $530.579.983. Por último no se presentó otro aporte de la USO por $379.019.511.
