Luego de revisar los argumentos, el juzgado concluyó que no se acreditaron las condiciones exigidas para ordenar una suspensión inmediata del decreto.

El intento por suspender el aumento del salario mínimo decretado por el Gobierno Nacional para 2026 no prosperó. Un juzgado de Bogotá rechazó la solicitud de suspensión provisional presentada dentro de una acción de tutela, lo que permite que el incremento definido por el Ejecutivo continúe aplicándose sin modificaciones.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la capital, que analizó una petición elevada por el exmagistrado Alejandro Linares Cantillo, quien actuó como representante legal de un comerciante que alegó afectaciones económicas derivadas del ajuste salarial.

La tutela buscaba dejar sin efectos de manera temporal, el decreto expedido a finales de diciembre de 2025 mediante el cual el Gobierno fijó un aumento promedio del 23,7 % tanto en el salario mínimo mensual como en el auxilio de transporte. En el recurso se sostenía que la medida habría sido adoptada sin un análisis técnico suficiente y sin el proceso de concertación tripartita que usualmente acompaña este tipo de decisiones.

Además, Linares advirtió que el incremento podría generar presiones financieras sobre microempresas, pequeños establecimientos comerciales y trabajadores del sector informal, así como inconsistencias en el pago del auxilio de transporte.

La posición del juez
Luego de revisar los argumentos el juzgado concluyó que no se acreditaron las condiciones exigidas para ordenar una suspensión inmediata del decreto. En su análisis, el despacho señaló que el trámite ordinario de la tutela no evidenciaba un daño inminente que justificara una medida excepcional.

En el auto judicial se lee lo siguiente: “Al no advertirse la urgencia ni la necesidad de decretar la medida provisional solicitada, no se accederá a la misma”, precisó el juez en su decisión.

Con este fallo, el aumento del salario mínimo para 2026 permanece en firme mientras se resuelve de fondo la acción de tutela. La determinación fue notificada a la Presidencia de la República, al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Hacienda, así como al demandante.

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